Número 4. Enero-Junio 2017
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María José Reyes López, Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Valencia
Las últimas sentencias falladas por el Tribunal Supremo han establecido doctrina sobre el control de transparencia en las cláusulas suelo. En éstas, al hilo de la doctrina marcada por el TJUE, se valora como una categoría intermedia entre el control de incorporación y el de contenido, valorando si el consumidor ha tenido posibilidad real de conocer el alcance jurídico y económico a que le conduce la formalización del contrato.
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El Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre el carácter abusivo de los intereses de demora en los contratos de préstamo sin garantía hipotecaria celebrados con consumidores.
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El Tribunal Supremo ha enviado hoy una nota a los medios de comunicación en la que adelanta el contenido de dos sentencias que aún no son públicas. En ellas, el Supremo ratifica la nulidad de las cláusulas suelo de los préstamos hipotecarios posteriores al 9 de mayo de 2013 y, además, que las entidades financieras deberán devolver las cantidades cobradas.